Por Dr. Llanos Medrano.
La reproducción asistida ha avanzado a una velocidad vertiginosa en los últimos años y, con ella, también se han generado nuevas dudas que antes ni nos podíamos plantear. Una de las más frecuentes es si es posible elegir rasgos físicos como el color de ojos o, incluso, el sexo del bebé. La legislación española es muy clara en este aspecto: no está permitido seleccionar estas características, salvo en situaciones muy concretas relacionadas con la salud.
La Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida establece, en este sentido, que el diagnóstico o la selección embrionaria debe tener siempre un fin terapéutico, es decir, solo se puede actuar sobre los embriones con el objetivo de prevenir enfermedades graves o para realizar estudios genéticos que tengan un objetivo clínico definido. Por tanto, elegir rasgos concretos, como si se tratara de “bebés a la carta”, queda completamente fuera del marco legal español.

Es frecuente que se plantee en consulta la posibilidad de elegir el sexo del futuro bebé, pero legislación española es tajante y solo se permite seleccionar el sexo del embrión cuando existe un riesgo real de transmitir una enfermedad ligada al cromosoma X que pueda comprometer gravemente la salud del futuro hijo o hija. Fuera de ese contexto está totalmente prohibida esta elección.
Algo parecido ocurre con el color de ojos. En este caso, aunque no existiera una prohibición legal explícita, la realidad es que este rasgo sigue siendo demasiado complejo como para permitir una selección precisa. En el color de los ojos intervienen múltiples genes, interacciones genéticas todavía no del todo conocidas y variaciones que no pueden predecirse con exactitud. En este caso, la limitación no solo es normativa, sino también científica.
España mantiene una de las legislaciones más avanzadas y a la vez más estrictas del mundo en materia de reproducción asistida. Las técnicas disponibles y permitidas en nuestro país ayudan a prevenir enfermedades hereditarias, mejorar las posibilidades de embarazo y acompañar a personas y parejas que, de otra forma, no podrían tener hijos. No obstante, ese desarrollo se apoya en el principio fundamental de utilizar la tecnología para proteger la salud, no para diseñar a la carta características que no tienen relevancia médica.

En esencia, la ley busca establecer un límite ético que preserve la finalidad original de la reproducción asistida frente a al atractivo de imaginar un futuro en el que todo pueda elegirse. La medicina reproductiva, al fin y al cabo, no nació para moldear preferencias, sino para tratar problemas de fertilidad y evitar enfermedades graves.